Asesorías Parlamentarias

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Documentos publicados desde el 01 de enero de 2014

Investigadora / investigador: Medel Marabolí, Carlos Javier

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Temas asociados

04/03/2024

Comparación de articulados nuevo proyecto de Ley de Pesca (títulos I a IX) y la actual Ley General de Pesca y Acuicultura.

Documento que compara los artículos similares que están contenidos en el Proyecto del Ejecutivo del Ley Boletín N° 16.500-21 que “Establece nueva Ley General de Pesca y deroga disposiciones que indica” con la actual Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA) . Se analizó desde el título I hasta el IX.

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04/02/2022

Reforma constitucional. Legislación constitucional comparada

La presente minuta tiene por objeto facilitar el acceso a los antecedentes constitucionales sobre los procedimientos de reforma constitucional en otros países. Para ello, se ponen a disposición, a modo de ejemplo, extractos de los textos de las Constituciones de países que incluyen información relacionada. La información completa de las consultas realizadas se encuentra disponible en el sitio web Comparador de Constituciones del Mundo, de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. Se hace presente que la Secretaría Técnica está disponible para capacitar en el uso del Comparador de Constituciones del Mundo y también para responder dudas o preguntas acerca del sitio y de la navegación.

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31/01/2022

Sistema de justicia constitucional. Legislación constitucional comparada

La presente minuta tiene por objeto facilitar el acceso a los antecedentes constitucionales sobre sobre la justicia constitucional en otros países. Para ello, se ponen a disposición, a modo de ejemplo, extractos de los textos de las Constituciones de países que incluyen dichas instituciones o información relacionada. La información completa de las consultas realizadas se encuentra disponible en el sitio web Comparador de Constituciones del Mundo, de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. Se hace presente que la Secretaría Técnica está disponible para capacitar en el uso del Comparador de Constituciones del Mundo y también para responder dudas o preguntas acerca del sitio y de la navegación.

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25/06/2020

Covid-19. Leyes para enfrentar la emergencia sanitaria. Publicadas entre el 18 de marzo y el 25 de junio de 2020.

Este documento busca identificar las leyes discutidas y aprobadas en el Congreso Nacional, durante el periodo de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, para enfrentar la emergencia sanitaria producida por la pandemia COVID-19, y su impacto en la vida social y pública del país; así como en el empleo y en la actividad económica y productiva en general. La revisión de la base de datos legal www.leychile.cl, en el periodo comprendido entre el 18 de marzo de 2020 y el 25 de junio del 2020, muestra que se han publicado 18 leyes referidas a la emergencia sanitaria del Covid-19. Las leyes analizadas son las número 21.219; 21.220; 21.221; 21.222; 21.223; 21.224; 21.225; 21.226; 21.227; 21.228; 21.229; 21.230; 21.232; 21.235; 21.237; 21.240; 21.242; y 21.243. Las leyes se presentan ordenadas según la temática que abordan. De esta forma, se identificaron ocho leyes sociales, seis leyes laborales, una ley sanitaria, dos leyes relacionadas con la vida pública y una ley que va en ayuda de las empresas. En cada ley reseñada, un cuadro presenta la información formal relevante, seguida de una síntesis de los principales aspectos de cada una de ellas. Se agregan algunos comentarios (en negrita) que intentan orientar respecto de la vigencia y modificaciones sufridas por algunas de estas leyes durante el periodo considerado.

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19/06/2020

COVID-19. Población objetivo de las medidas sociales para paliar la crisis: Identificación de la población vulnerable crítica por parte de centros de pensamiento nacionales.

Se analizan las principales medidas adoptadas por el gobierno para enfrentar la crisis social desencadenada por el COVID-19. Específicamente, se analiza la cobertura(población objetivo) establecida para cada una de las medidas, las cuales se pueden agrupar según si están dirigidas a i) determinado grupo de trabajadores/as; ii)determinado porcentaje de 'población vulnerable'; y a iii) dueños de pequeñas y medianas empresas (PYME). Cada uno de estos tres grupos está conformado por entre 4 a 6 medidas adoptadas por el gobierno, las cuales son analizadas según su población objetivo en cada caso. Luego se presentan los resultados de un estudio (Techo-Chile y PUC, 2020), de aparición reciente, que analiza la situación de los jefes de hogar en los campamentos, comparando sus ingresos antes y durante la crisis. Los resultados muestran un gran deterioro de sus condiciones materiales. Un 73% de dichos jefes de hogar tenía trabajoantes de la crisis, aunque solo un 33% del total pudo mantenerlo posteriormente. Un75% de los mencionados jefes de hogar declaró haber perdido la mitad o más de sus ingresos por causa de la crisis. Por último, un 32% de ellos declaró haber recibido elBono COVID-19.

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19/06/2020

Personas con sordoceguera en la legislación comparada. Chile, España, Perú y Colombia.

El análisis de la legislación nacional y extranjera en materia de discapacidad arrojó dos maneras de afrontar la sordoceguera. Por una parte, Chile, Brasil y Venezuela no cuentan con una ley específica que la regule, sino que sus leyes para Personas con Discapacidad definen "discapacidad" de manera amplia, comprendiendo a la sordoceguera en dicha definición. En cambio, España, Perú y Colombia han considerado la sordoceguera como una “discapacidad única”, por lo que cuentan con leyes específicas para asegurar los derechos de las personas sordociegas en tanto ciudadanos. Así, las leyes de estos países reconocen la lengua de señas (y otras) como lenguas oficiales, aunque la persona sordociega no pierde su libertad de elegir su utilización. Las tres leyes definen, al menos, “persona sordociega” y “guía intérprete”. Además, la ley colombiana define otros 5 conceptos relacionados. Tanto la ley peruana como la colombiana establecen que la formación de los guías intérpretes sea regulada por el Ministerio de Educación. El registro de guías intérpretes, en tanto, queda a cargo del CONADIS en Perú y del Instituto Nacional para Sordos en Colombia. Un aspecto central lo constituye el asegurar el acceso de las personas sordociegas a todos los bienes y servicios públicos (educación, transporte, justicia, deporte, ocio, etc.). Para esto, obligan al Estado a ofrecer, de manera gratuita, los servicios de guías intérpretes siempre que los interesados hagan la solicitud con anticipación (3 días en Perú), especificando el bien o servicio público al que requieren acceder.

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19/06/2020

COVID-19: Las tecnologías de rastreo de contactos en dispositivos móviles y el derecho a la privacidad.

El Informe analiza el funcionamiento de las principales aplicaciones con rastreo de contactos diseñadas para enfrentar el COVID-19, con el objetivo de indagar sus oportunidades y riesgos asociados. Se pone especial énfasis en el marco normativo aplicable a este tipo de dispositivos, abordando el derecho internacional de los DDHH, la normativa supranacional de la Unión Europea, las modificaciones a la normativa nacional de dos casos (Australia y Colombia) y la situación normativa chilena.

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28/04/2020

Medición del ‘déficit habitacional’ en la metodología de pobreza multidimensional: Definición en el 2014 y su posterior modificación el 2016.

Existen dos componentes para la medición del déficit habitacional por parte del MINVU, el cuantitativo (que mide la cantidad de nuevas unidades habitacionales requeridas según las carencias de la población) y el cualitativo (que mide las carencias referidas a la materialidad, necesidad de ampliación, y/o mejoramiento de los servicios básicos de las viviendas existentes). Así, mientras el déficit cuantitativo provoca la ‘acción pública’ de construir viviendas nuevas, el cualitativo gatilla la ‘acción pública’ de mejorar la materialidad de las ya existentes. El 2014 se instauró la metodología de pobreza multidimensional, que reconoció al fenómeno de la pobreza como mucho más complejo que solo la consideración de los ingresos monetarios de un hogar. Dicho año, la metodología multidimensional incorporó la dimensión de “vivienda”, compuesta por tres indicadores pertenecientes al déficit habitacional cualitativo (nivel de hacinamiento, estado de la vivienda y servicios básicos) para medir el déficit habitacional “desde” la medición de pobreza.

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28/04/2020

Reformas al Congreso Nacional Metodología y resultados de Encuesta, aplicada en la Cámara de Diputados, que prioriza medidas más urgentes.

A solicitud del Grupo de Trabajo Parlamentario de la Cámara de Diputados sobre Reforma del Congreso, se aplicó una encuesta a los diputados y diputadas con el objetivo de conocer las medidas que a juicio de los encuestados, son prioritarias para la modernización del Congreso Nacional. Se operacionalizaron las dimensiones y variables relevantes, las que luego fueron trabajadas con el mencionado Grupo. Esa operacionalización distinguió 5 dimensiones: i. Fortalecer el vínculo con la comunidad, ii. Potenciar la participación ciudadana en el proceso legislativo, iii. Potenciar Asesoría Parlamentaria, iv. Modernizar la estructura y funcionamiento del Congreso, y v. Promover la Ética y Probidad. El desglose de dichas dimensiones dio origen a 32 preguntas (Encuesta final). La Encuesta fue aplicada de manera electrónica dejándola disponible en el Pupitre Electrónico de cada Diputada/o durante los meses de diciembre 2019 y enero 2020. Se obtuvieron 117 respuestas validas, lo que constituye una muestra representativa de la población total (155 Diputadas/os), considerando un 95% de nivel de confianza y un 5% de error muestral. En cuanto a los resultados, se obtuvo que las medidas con mayor cantidad de preferencias fueron 1) iniciativa ciudadana de Ley (74 menciones), 2) crear un programa de Educación Cívica (72 menciones), y 3) regular los conflictos de intereses (66 menciones), las cuales, al mismo tiempo, obtuvieron un nivel de transversalidad política total, al ser priorizadas por representantes de todos los partidos políticos. Además, mejorar la difusión y comunicación del trabajo parlamentario (cuarta medida más votada) y regular las formas de participación ciudadana en el Congreso (quinta) obtuvieron una transversalidad política interesante, al ser priorizadas por miembros de todos los partidos con la sola excepción de un partido conformado por 3 o menos representantes.

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28/04/2020

Personas con sordoceguera en la legislación comparada Chile, España, Perú y Colombia.

El análisis de la legislación nacional y extranjera en materia de discapacidad arrojó dos maneras de afrontar la sordoceguera. Por una parte, Chile, Brasil y Venezuela no cuentan con una ley específica que la regule, sino que sus leyes para Personas con Discapacidad definen "discapacidad" de manera amplia, comprendiendo a la sordoceguera en dicha definición. En cambio, España, Perú y Colombia han considerado la sordoceguera como una “discapacidad única”, por lo que cuentan con leyes específicas para asegurar los derechos de las personas sordociegas en tanto ciudadanos. Así, las leyes de estos países reconocen la lengua de señas (y otras) como lenguas oficiales, aunque la persona sordociega no pierde su libertad de elegir su utilización. Las tres leyes definen, al menos, “persona sordociega” y “guía intérprete”. Además, la ley colombiana define otros 5 conceptos relacionados. Tanto la ley peruana como la colombiana establecen que la formación de los guías intérpretes sea regulada por el Ministerio de Educación. El registro de guías intérpretes, en tanto, queda a cargo del CONADIS en Perú y del Instituto Nacional para Sordos en Colombia. Un aspecto central lo constituye el asegurar el acceso de las personas sordociegas a todos los bienes y servicios públicos (educación, transporte, justicia, deporte, ocio, etc.). Para esto, obligan al Estado a ofrecer, de manera gratuita, los servicios de guías intérpretes siempre que los interesados hagan la solicitud con anticipación (3 días en Perú), especificando el bien o servicio público al que requieren acceder.

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